7 de noviembre de 2025

CFA analiza sustitución al decreto de política fiscal y concluye que sus fundamentos no constituyen necesariamente un motivo extraordinario para justificar el cambio

El Consejo Fiscal Autónomo (CFA) ha publicado hoy un informe en el que analiza el reemplazo que hizo el Ministerio de Hacienda del decreto donde había fijado sus metas fiscales anuales de Balance Estructural (BE), cambiándolas por unas más deficitarias.

Respecto a la razonabilidad de la causal invocada por el Ejecutivo para modificar sus metas de BE, el CFA observa que tuvo su origen, principalmente, en errores de proyección de ingresos por parte del gobierno, y concluye que “estos hechos no constituyen necesariamente un motivo extraordinario suficiente para sustituir las metas fiscales”.

En cuanto a la idoneidad del cambio de las metas de BE, el CFA señala que podrían ser coherentes con una senda fiscalmente sostenible. No obstante, advierte que la menor exigencia de las nuevas metas fiscales eleva el riesgo de superar el nivel prudente de deuda de 45% del PIB, y plantea que el Ejecutivo establezca unas más exigentes hacia adelante, y realice el esfuerzo fiscal necesario para cumplirlas.

El informe del Consejo Fiscal Autónomo (CFA) analiza, desde el punto de vista de la sostenibilidad de las finanzas públicas, la modificación del decreto del Ministerio de Hacienda donde fijó sus nuevas metas de Balance Estructural (BE) durante su periodo de gobierno, publicado el 10 de octubre de 2025 en el Diario Oficial. El CFA realiza este informe en el marco de la ley N°21.683, que promueve la responsabilidad y transparencia en la gestión financiera del Estado, y que le exige emitir su opinión dentro de un plazo de treinta días desde la publicación del decreto.  

En específico, el nuevo decreto del Ejecutivo sustituyó sus metas de BE, fijándolas en –1,6% del PIB en 2025 y –1,1% en 2026, en reemplazo de las previamente comprometidas de –1,1% y –0,5%, respectivamente. Y mantuvo el nivel prudente de deuda bruta de 45% del PIB.

Al respecto, el Consejo detalla que para sustituir su decreto de política fiscal el Ministerio de Hacienda y la Dirección de Presupuestos (Dipres) invocaron un conjunto de razones que calificaron de “otras causales extraordinarias”, figura que fue aplicada por primera vez desde que se creó la ley N°21.683. El conjunto de fundamentos fueron los siguientes: la desviación de los ingresos proyectados y el perfeccionamiento de su metodología de estimación; la eventual prociclicidad derivada de la actualización del escenario macroeconómico y de los ajustes aplicados al BE; el significativo esfuerzo de consolidación fiscal que implicaría mantener la meta original de BE en 2025 y 2026; y los riesgos para las finanzas públicas asociados al contexto internacional. 

El Consejo, además, detalla que este informe no tiene por objeto analizar la legalidad del decreto, cuyo análisis le correspondió a la Contraloría General de la República, en el marco del procedimiento de control preventivo de juridicidad del referido acto administrativo, que concluyó con su toma de razón el 29 de septiembre de 2025.

En ese contexto, el informe del Consejo tiene por objeto, exclusivamente, realizar un análisis técnico que aborda, por un lado, la razonabilidad de la causal invocada por el Ministerio de Hacienda como fundamento para sustituir su decreto y, por otro lado, la idoneidad de las metas de BE propuestas por el Ejecutivo para resguardar la sostenibilidad fiscal.

Razonabilidad de las causales invocadas por el Ejecutivo

Respecto a lo primero, el CFA observa que “los fundamentos invocados por el Ejecutivo para cambiar sus metas tuvieron su origen, principalmente, en errores de proyección de ingresos identificados y corregidos en parte por ajustes metodológicos, propios del proceso de estimación del BE”.

En ese sentido, el Consejo remarca que había advertido una sobreestimación por parte del gobierno de sus ingresos de 2024 y su potencial incidencia en sus proyecciones para 2025, y señala que estos hechos no constituyen necesariamente un motivo extraordinario suficiente para sustituir sus metas fiscales. “Lo anterior, pese a que haber cumplido las metas fiscales habría requerido un ajuste del gasto público significativo en un horizonte acotado”, indica el CFA.

Para el Consejo esto refuerza la importancia de evitar la acumulación de desvíos respecto de las metas fiscales, ya que ello obliga a realizar ajustes de gasto importantes en el futuro. Además, el CFA destaca que sucesivamente en sus informes ha remarcado que no debe postergarse el esfuerzo de convergencia fiscal hacia el final del horizonte de proyección ni trasladarse a una futura administración, en particular para años sin crisis económicas.

Así, el CFA plantea que la invocación de “otras causales extraordinarias” para cambiar el decreto de política fiscal debe realizarse resguardando estrictamente que la ley consideró que su sustitución debe ser de carácter excepcional, evitando que se torne recurrente como en el pasado (desde 2007 a la fecha, se han dictado once decretos de política fiscal, correspondientes a cinco gobiernos distintos). Y considera que el uso por parte del Ejecutivo de la figura de “otras causales extraordinarias” sin criterios claros en la ley abre espacio a discrecionalidad y puede debilitar la regla fiscal. Por ello, recomienda que el reglamento mandatado por la Ley de Responsabilidad Fiscal acote razonablemente las causas extraordinarias y precise aspectos sobre la naturaleza de las medidas correctivas y su rendición de cuentas, asegurando que estas sean aplicables e implementadas por parte del Poder Ejecutivo.

Análisis sobre la idoneidad de las nuevas metas fiscales

En relación con la idoneidad del cambio de las metas de BE, el CFA señala que en sus proyecciones presentadas en su último informe semestral al Congreso muestran que las nuevas metas de BE para 2025 y 2026 podrían ser coherentes con una senda fiscalmente sostenible. Sin embargo, advierte que estas simulaciones muestran que la deuda bruta seguiría aumentando y acercándose al nivel prudente de 45% del PIB.

En este contexto, el CFA alerta: “La menor exigencia de las metas eleva el riesgo de superarlo, por lo que es necesario que se establezcan metas de BE más exigentes hacia adelante, y que se realice el esfuerzo fiscal necesario para cumplirlas”.

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